sábado, 26 de enero de 2008

Ordenanza Sobre Comercio en Bienes Nacionales de Uso Público.

"A partir del 23 de enero de este

año, comenzó a regir la
ordenanza municipal que
regula el comercio en bienes
nacionales de uso público.
Dicha ordenanza, que consta
de un artículo único, dispone
sanciones para los
compradores del comercio
ilegal con multas de hasta
3 UTM".
EXTRACTO ORDENANZA MUNICIPAL
Artículo Único: Conforme a las atribuciones y funciones conferidas por la Ley Orgánica Constitucional de Municipalidades, con el objeto de apoyar y fomentar la seguridad ciudadana, todo aquel que, como consecuencia del ejercicio de actividades comerciales no autorizadas en bienes nacionales de uso público, altere, perturbe, dificulte, obstaculice o impida, en cualquier forma, el tránsito vehicular o peatonal en esta clase de bienes, sea promocionando, ofertando, comprando, vendiendo, gestionando o realizando cualquier otra transacción de mercaderías o productos a través de estas actividades, será sancionado con multa de 1 a 3 UTM.Anótese, comuníquese, publíquese y archívese. Jacqueline Van Rysselberghe Herrera, Alcaldesa.- Manuel Lagos Espinoza, Secretario Municipal.


Demás está decir que la normativa es en sumo imprecisa al tratar de abarcar diversas hipótesis como "gestionar" ¿significa eso que se sanciona incluso a quien cotice precios en esta clase de comercio? ¿se justifica sancionar con multas superiores a 100 mil pesos a gente modesta?Veremos con el tiempo los resultados de esta ordenanza, es especial en esta época del año en que el comercio ambulante registra importante actividad.

0 comentarios: